Esta página está dedicada a ir incorporando enlaces a los artículos referentes a los Plenos Muncipales, las actas y acuerdos de los Plenos que vaya habiendo en nuestra localidad y comarca a modo de archivo para que todo el mundo pueda irlos consultando.
PLENO de 19 DE MAYO DE 2009 I y II
PLENO de 17 DE FEBRERO DE 2009
PLENO de 16 DE DICIEMBRE DE 2008
12 de julio de 2007 EXTRACTO ACUERDOS TOMADOS POR EL AYUNTAMIENTO PLENO
POST del PLENO EXTRAORDINARIOS DEL 12 DE JULIO DE 2007
ACTA DEL PLENO DE 18 DE DICIEMBRE DE 2007: APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE 2007
POST del PLENO DE 18 DE DICIEMBRE DE 2007
PLENO EXTRAORDINARIO DEL 14 DE ENERO DE 2008
PLENO de 19 DE FEBRERO DE 2008
Orden del Pleno del 30 de julio de 2008
ACTA DEL PLENO COMARCAL DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008
CONVOCATORIA DEL PLENO COMARCAL DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008
EXTRACTO ACUERDOS TOMADOS POR EL AYUNTAMIENTO PLENO . 12 JULIO 2007
DOÑA ISABEL ARNAL ARRÓNIZ, SECRETARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASPE (ZARAGOZA)
CERTIFICO: Que celebrada sesión extraordinaria el Ayuntamiento Pleno el día 12 de julio de 2007, se redactó el siguiente borrador:
«En la Casa Consistorial de la Ciudad de Caspe (Zaragoza), a doce de julio de dos mil siete, siendo las veintiuna horas, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa Dª. Teresa Francín Piquer, se reúnen los Sres. Concejales que integran el Ayuntamiento Pleno, Dª. Ana María Cabrero Roca, D. Armando Relancio Solana, D. Ramón Repollés Cirac, D. María Pilar Berges Solán, D. Félix Cortés Acero, D. Bienvenido Callao Navales, Dª. Isabel García Ortín, D. José María Jarque Giraldos, D. Carlos Jerónimo Alastuey Pérez, D. Domingo Sipiera Piazuelo y D. Juan Manuel Lizarbe Lasa, habiendo excusado su asistencia D. Javier Sagarra de Moor, asistidos de mí la Secretario, Dª. Isabel Arnal Arróniz.
I.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CONSTITUTIVA CELEBRADA EL DÍA 16 DE JUNIO DE 2007.
Visto el borrador del acta redactado de la sesión extraordinaria constitutiva de la Corporación celebrada el día 16 de junio de 2007, es aprobado por unanimidad.
II.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES A CELEBRAR POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES.
El Ayuntamiento Pleno, por mayoría, con la abstención de D. Juan Manuel Lizarbe Lasa y los votos en contra de Dª. Ana María Cabrero Roca, D. Armando Relancio Solana, D. Ramón Repollés Cirac y Dª. María Pilar Berges Solán, acuerda prestar su aprobación a las siguientes Propuestas de la Alcaldía:
“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES A CELEBRAR POR EL AYUNTAMIENTO PLENO.
Esta Alcaldía, siendo necesario proceder a establecer, mediante acuerdo plenario, la periodicidad de las sesiones ordinarias que deba celebrar el Ayuntamiento Pleno, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 38 y 78 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Considerando que dicha periodicidad deberá respetar el límite máximo de dos meses previsto en los artículos 46.2 a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 115 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; por esta Alcaldía-Presidencia se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Establecer la periodicidad mensual de las sesiones ordinarias del Pleno de este Ayuntamiento, excepto el mes de agosto, fijando su celebración el tercer martes hábil de cada mes.
SEGUNDO.- Señalar como hora de celebración de las sesiones ordinarias del Pleno de este Ayuntamiento, las 21 horas. Caspe, a 9 de julio de 2007. La Alcaldesa”.
“PROPUESTA SOBRE DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES A CELEBRAR POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de junio de 2007, vista la propuesta de Alcaldía de fecha 25 de junio de 2007, acuerda proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Establecer la periodicidad quincenal de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, excepto el mes de agosto, señalándose como días de celebración los miércoles de la segunda y cuarta semana a las trece horas”.
“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES A CELEBRAR POR LAS COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES
Esta Alcaldía, siendo necesario proceder a establecer, mediante acuerdo plenario, la periodicidad de las sesiones ordinarias que deban celebrar las Comisiones Informativas Permanente, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 129, 1º. de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón y artículos 38 y 134, 1º. del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Por esta Alcaldía-Presidencia se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Establecer la periodicidad mensual de las sesiones ordinarias de las Comisiones Informativas Permanentes de este Ayuntamiento, excepto el mes de agosto. Caspe, a 9 de julio de 2007. La Alcaldesa”.
III.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES.
Se somete a aprobación del Ayuntamiento Pleno la siguiente Propuesta de la Alcaldía-Presidencia:
“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS.
Esta Alcaldía, debiendo procederse a la constitución de las Comisiones Informativas de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Considerando que, en virtud de lo establecido en el artículo 35, 2º. de la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón y artículo 124 del ROF, corresponde al Pleno de la Corporación la determinación del número y denominación de las Comisiones Informativas del Ayuntamiento.
Considerando que, según lo previsto en el artículo 36.1 del mismo texto legal, cada Comisión estará integrada de forma que su composición se acomode a la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación, siendo el Alcalde, el Presidente nato de cada una de ellas; por esta Alcaldía-Presidencia se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Establecer las siguientes Comisiones Informativas Permanentes, con la composición y materias que se señalan a continuación:
COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
· COMPOSICIÓN:
· 3 miembros del grupo municipal C.P.C.
· 3 miembros del grupo municipal PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
· 2 miembros del grupo municipal PARTIDO ARAGONÉS
· 1 miembro del grupo municipal PARTIDO POPULAR
MATERIAS:
Plan General de Ordenación Urbana
Instrumentos de Planeamiento
Gestión y disciplina urbanística
Licencias
Ruinas de edificios
Viviendas de protección oficial
Arquitectura e ingeniería
Obras de edificación y urbanización
Pavimentaciones
Planes Provinciales
Planes Comunidad Autónoma
Obra Albergue Turístico.
Oficina municipal de información al consumidor
LEADER y Fondos Europeos
Energías alternativas
Venta ambulante
Promoción industrial y comercial
Polígonos Industriales
Fomento de empleo
Oficina municipal de Turismo
Promoción y desarrollo Turístico local
Hermanamientos
Consejo Sectorial de Turismo, Comercio e Industria.
· FUNCIONES:
1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, en las siguientes competencias plenarias:
ÁREA DE URBANISMO
a) La aprobación inicial y provisional del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los Planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística, salvo aquellos atribuidos expresamente al Alcalde.
b) Las contrataciones y concesiones de toda clase en materias objeto del área de competencia de la Comisión (Obras, Urbanismo, Vivienda y Gestión de Infraestructuras), salvo en los supuestos concretos atribuidos expresamente al Alcalde.
c) La aprobación de los proyectos de obras cuando la contratación de su ejecución sea de su competencia y cuando no estén previstos en los Presupuestos.
d) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a quinientos millones de pesetas.
e) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.
f) La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.
g) La enajenación del patrimonio, en los siguientes supuestos:
· cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto.
· cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los porcentajes y las cuantías referidas a la competencia establecida para la adquisición de bienes.
h) Aprobación del Inventario de Bienes, Derechos y Acciones de la Corporación y sus rectificaciones.
i) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial.
j) Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencial de la Comisión.
COMISIÓN INFORMATIVA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y PATRIMONIO
· COMPOSICIÓN:
· 3 miembros del grupo municipal C.P.C.
· 3 miembros del grupo municipal PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
· 2 miembros del grupo municipal PARTIDO ARAGONÉS
· 1 miembro del grupo municipal PARTIDO POPULAR
MATERIAS:
Educación
Centros docentes
Educación especial
Consejos escolares
Escuela Taller
UNED
Residencia de Estudiantes
Guardería municipal
Consejo Municipal de Educación
Deportes
Mas de la Punta: actuaciones y mantenimiento instalaciones
Instalaciones deportivas
Asociaciones deportivas
Competiciones deportivas
Consejo Sectorial de Deportes
Plan anual de actividades deportivas
Servicio comarcal de deportes
Fiestas populares
Televisión Local
Banda municipal de Música
Coral municipal
Artes plásticas: Escuela municipal de Dibujo.
Escuela municipal de Música
Casa de Cultura
Edificio Franciscanos
Actividades culturales
Asociaciones culturales
Teatro Goya
Biblioteca
Archivo municipal
Cursos y seminarios
Filmoteca
Salas de exposiciones
Representación del Compromiso
Muestra de Teatro para niños y niñas en Aragón
Cine
Circuito de artes escénicas, musicales y plásticas
Patrimonio histórico-artístico: restauración y mantenimiento.
Arqueología
Museos
Consorcio Patrimonio Ibérico de Aragón.
Institución Ferial: patronato, certámenes, instalaciones feriales.
· FUNCIONES:
1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.
COMISIÓN INFORMATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE
· COMPOSICIÓN:
· 3 miembros del grupo municipal C.P.C.
· 3 miembros del grupo municipal PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
· 2 miembros del grupo municipal PARTIDO ARAGONÉS
· 1 miembro del grupo municipal PARTIDO POPULAR
MATERIAS:
Recursos agrícolas y ganaderos (patrimonio)
Aprovechamientos forestales y ganaderos
Servicio municipal Agricultura
PEBEAS
Canal de Caspe y concentración parcelaria
Campo de ensayo
Mancomunidad para la lucha antigranizo de Aragón
Consejo Sectorial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
Medio ambiente
Residuos sólidos urbanos
Vertederos: vertedero comarcal y escombreras.
Repoblación y reforestación
Caminos
Montes
Recuperación riberas
Núcleos de población en suelo no urbano (diseminados)
Instalación contadores de agua
Zonas verdes
Electrificación rural
· FUNCIONES:
1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.
COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, RÉGIMEN INTERIOR, SERVICIOS Y BIENESTAR SOCIAL
· COMPOSICIÓN:
· 3 miembros del grupo municipal C.P.C.
· 3 miembros del grupo municipal PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
· 2 miembros del grupo municipal PARTIDO ARAGONÉS
· 1 miembro del grupo municipal PARTIDO POPULAR
MATERIAS:
Presupuestos
Ordenanzas
Recaudación
Rentas y Exacciones
Tasas
Gestión Económica
Contribuciones Especiales
Gestión de Patrimonio e inventario
Aguas, saneamiento y abastecimiento
Alumbrados
Servicio grúa
Personal funcionario y laboral
Servicio Policía Local
Cementerio
Tráfico
Parques y jardines
Servicio municipal de limpieza
Servicio Social de Base
Aula de tiempo libre
Salubridad e higiene
Consejo de Salud
Cruz Roja
Minorías Étnicas
Ayudas sociales
Atenciones benéficas y asistenciales
Centro Ocupacional
Atención a mayores
Hogar del Jubilado
Oficina de atención e información a inmigrantes
Juventud
Oficina Municipal información al joven
Plan anual de actividades de juventud.
· FUNCIONES:
1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.
ÁREA DE RÉGIMEN INTERIOR
a) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de entidades locales menores; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades, y la adopción y modificación de su bandera, enseña o escudo.
b) La aprobación del Reglamento orgánico y de las ordenanzas.
c) El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y de conflictos en defensa de la autonomía local, así como la impugnación de actos y disposiciones de otras administraciones, salvo los casos en que la competencia se atribuye al Alcalde.
d) La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número de régimen del personal eventual. La ratificación de convenios colectivos, pactos o acuerdos fruto de la negociación colectiva.
e) El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales y la defensa de la Corporación en materia de competencia plenaria.
f) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial.
g) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
h) Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencial de la Comisión.
ÁREA DE HACIENDA
a) La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos; la disposición de gastos en los asuntos de su competencia y la aprobación de las cuentas.
b) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el quince por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.
c) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial.
d) Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencial de la Comisión.
SEGUNDO.- Solicitar a cada uno de los Portavoces de los distintos Grupos Municipales que componen la Corporación, la adscripción concreta de sus representantes, titulares y suplentes, en las citadas Comisiones Informativas. Caspe, a 9 de julio de 2007. La Alcaldesa”.
“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.
Esta Alcaldía, debiendo procederse a la constitución de la Comisión Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, por ser preceptiva su creación en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley de Bases de Régimen Local y en el artículo 28.1 c) de la Ley de Administración Local de Aragón.
Considerando que, con arreglo al artículo 38 ROF, en relación con su artículo 127, el régimen de la Comisión Especial de Cuentas es el mismo que el de las demás Comisiones Informativas.
Considerando, según lo previsto en el artículo 34.2 de la Ley de Administración Local de Aragón que la Comisión Especial de Cuentas deberá estar integrada de forma que su composición se acomode a la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación, siendo el Alcalde, su Presidente nato
Por lo expuesto, esta Alcaldía-Presidencia propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar la creación de la Comisión Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, con la composición, atribuciones y competencias que se señalan a continuación:
COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS
· COMPOSICIÓN:
· 3 miembros del grupo municipal C.P.C.
· 3 miembros del grupo municipal PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
· 2 miembros del grupo municipal PARTIDO ARAGÓNES
· 1 miembro del grupo municipal PARTIDO POPULAR
· ÁREA COMPETENCIAL
· Examen, estudio e informe de las cuentas, presupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, en especial, la Cuenta General.
· FUNCIONES:
1. La Comisión Especial de Cuentas se reunirá necesariamente antes del 1 de junio de cada año para examinar las cuentas generales de la Corporación, que se acompañarán de los correspondientes justificantes y antecedentes.
2. Podrá celebrar reuniones preparatorias, si su Presidente lo decide o si lo solicita una cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Comisión.
3. Las cuentas generales, así como sus justificantes y la documentación complementaria estarán a disposición de los miembros de la Comisión, para que la puedan examinar y consultar, como mínimo, quince días antes de la primera reunión.
4. Para el ejercicio de sus funciones, la Comisión podrá requerir, a través del Alcalde, la documentación complementaria necesaria y la presencia de los miembros de la Corporación y funcionarios relacionados con las Cuentas que se analicen.
SEGUNDO.- Solicitar a cada uno de los Portavoces de los distintos Grupos Municipales que componen la Corporación, la adscripción concreta de sus representantes, titulares y suplentes, en la referida Comisión Informativa. Caspe, a 9 de julio de 2007. La Alcaldesa”.
Se somete a votación la Propuesta de la Alcaldía, siendo aprobada por mayoría, con la abstención de D. Juan Manuel Lizarbe Lasa y los votos en contra de Dª. Ana María Cabrero Roca, D. Armando Relancio Solana, D. Ramón Repollés Cirac y Dª. María Pilar Berges Solán.
IV.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN DISTINTOS ÓRGANOS COLEGIADOS.
Seguidamente, se somete a aprobación del Ayuntamiento Pleno la siguiente Propuesta de la Alcaldía:
“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN DISTINTOS ÓRGANOS COLEGIADOS.
Esta Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que establece que dentro de los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva de la Corporación Municipal, esta deberá adoptar acuerdo designando representantes en órganos colegiados cuyo nombramiento sea competencia del Pleno, formula la siguiente Propuesta en relación con la designación de los representantes municipales en los órganos que a continuación se indican:
– MANCOMUNIDAD PARA LA LUCHA ANTIGRANIZO DE ARAGÓN
– CONSEJOS ESCOLARES
– CONSEJO DE SALUD
– ASOCIACIÓN DE FERIAS ARAGONESA
– JUNTAS DE COMPENSACIÓN POLÍGONO NÚMERO 5, “CHACÓN MONFORT”, “ZONA RESIDENCIAL PLAYAS DE CHACÓN DE CASPE”, “LA PENÍNSULA DE CHACÓN” Y “POLÍGONO DE ACTUACIÓN NÚMERO 3”.
– COMUNIDAD DE REGANTES EXPECTANTES DEL CANAL DE CASPE
– PATRONATO DEL CONSEJO DE LAS ZONAS ESTEPARIAS DE MONEGROS SUR (SECTOR OCCIDENTAL).
– INSTITUCIÓN FERIAL DE CASPE
– CONSORCIO PATRIMONIO IBÉRICO DE ARAGÓN.
– COMISIÓN PROVINCIAL DE EQUIPAMIENTO COMERCIAL DE ZARAGOZA
En virtud de todo ello, esta Alcaldía-Presidencia, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
1.- Designar como representantes de este Ayuntamiento en la Mancomunidad para la Lucha Antigranizo de Aragón a Dª. Teresa Francín Piquer , en su calidad de Alcaldesa (miembro nato) y como Suplentes a D. Bienvenido Callao Navales y D. Domingo Sipiera Piazuelo en su calidad de concejales.
2.- Designar como representante de este Ayuntamiento y miembro del Consejo Escolar del Instituto de Educación Secundaria “Mar de Aragón” a D. Félix Cortés Acero y como suplente a D. José María Jarque Giraldos.
3.- Designar como representante de este Ayuntamiento y miembro del Consejo Escolar del Colegio Público “Compromiso de Caspe” a D. Félix Cortés Acero y como suplente a D. José María Jarque Giraldos.
4.- Designar como representante de este Ayuntamiento y miembro del Consejo Escolar del Colegio Público “Alejo Lorén” a D. Félix Cortés Acero y como suplente a D. José María Jarque Giraldos.
5.- Designar como representante de este Ayuntamiento y miembro del Consejo Escolar del C.P. Educación de Adultos “Joaquín Costa” a D. Félix Cortés Acero y como suplente a D. José María Jarque Giraldos.
6.- Designar como representante de este Ayuntamiento y miembro del Consejo de Salud “Caspe-Chiprana” a Dª. Isabel García Ortín y como suplente a D. Félix Cortés Acero.
7.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Asociación de Ferias Aragonesa a D. José María Jarque Giraldos y como suplente a D. Domingo Sipiera Piazuelo.
8.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Junta de Compensación del polígono de actuación número 5 a D. Carlos Alastuey Pérez y como suplente a D. Bienvenido Callao Navales.
9.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación de las manzanas 33, 34, 35 y 36 y parcela número 370 de la manzana 30, parcelas números 384, 385 y 386 de la manzana 31 y parcelas número 405 y 406 de la manzana 32, de la finca denominada “Chacón-Monfort” a D. Carlos Alastuey Pérez y como suplente a D. Bienvenido Callao Navales.
10.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución “Zona Residencial Playas de Chacón de Caspe” a D. Carlos Alastuey Pérez y como suplente a D. Bienvenido Callao Navales.
11.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Junta de Compensación de “La Península de Chacón” a D. Carlos Alastuey Pérez y como suplente a D. Bienvenido Callao Navales.
12.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Junta de Compensación del Polígono de Actuación número 3 del Plan General de Ordenación Urbana, a D. Carlos Alastuey Pérez y como suplente a D. Bienvenido Callao Navales.
13.- Designar como representantes de este Ayuntamiento en la Comunidad de Regantes Expectantes del Canal de Caspe a la Sra. Alcaldesa y a D. Bienvenido Callao Navales y como suplente a D. Domingo Sipiera Piazuelo.
14.- Designar como representante de este Ayuntamiento en el Patronato del Consejo de las Zonas Esteparias de Monegros Sur (Sector Occidental) a D. Domingo Sipiera Piazuelo y como suplente a D. Bienvenido Callao Navales.
15.- Designar como Vicepresidente a D. José María Jarque Giraldos y a D. Carlos Alastuey Pérez como vocal representante del Ayuntamiento de Caspe en el Comité Ejecutivo de la Institución Ferial de Caspe.
16.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Junta de Gobierno del Consorcio Patrimonio Ibérico de Aragón a D. Félix Cortés Acero y como suplente a D. Domingo Sipiera Piazuelo.
17.- Designar como representante de este Ayuntamiento en la Comisión Provincial de Equipamiento Comercial de Zaragoza a D. Carlos Alastuey Pérez y como suplente a D. José María Jarque Giraldos.
18.- Remitir copia del presente acuerdo a cada uno de los órganos colegiados en los que se ha nombrado representante de este Ayuntamiento, notificándolo, asimismo, a los interesados. Caspe, a 9 de julio de 2007. La Alcaldesa”.
Se somete a votación la Propuesta de la Alcaldía, siendo aprobada por mayoría, con la abstención de D. Juan Manuel Lizarbe Lasa y los votos en contra de Dª. Ana María Cabrero Roca, D. Armando Relancio Solana, D. Ramón Repollés Cirac y Dª. María Pilar Berges Solán.
V.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A CONSTITUCIÓN DE LOS GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES: DENOMINACIÓN, COMPONENTES Y DESIGNACIÓN DE PORTAVOCES.
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda prestar su aprobación a la siguiente Propuesta de la Alcaldía:
“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A CONSTITUCIÓN DE LOS GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES: DENOMINACIÓN, COMPONENTES Y DESIGNACIÓN DE PORTAVOCES.
Esta Alcaldía, visto expediente relativo a la constitución de los Grupos Políticos de este Ayuntamiento.
Resultando, que constituida la Corporación Municipal en sesión celebrada el pasado día 16 de junio de 2007, y, constando en el expediente los correspondientes escritos de los distintos Grupos indicando su voluntad de constituirse en Grupo Político Municipal, la denominación del mismo, sus componentes y Portavoz.
Considerando, lo dispuesto en los artículos 111 a 113 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón y 24 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en los que se regula la constitución y funcionamiento de los Grupos Políticos Municipales.
Esta Alcaldía, a la vista de lo expuesto, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar la constitución de los siguientes Grupos Políticos de este Ayuntamiento, según Propuesta de sus representantes dirigida a la Alcaldía y que obra en el expediente, con la denominación, componentes y designación de Portavoz que figura a continuación:
DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL C.P.C.
COMPOSICIÓN
D. Javier Sagarra de Moor
Dª. Ana María Cabrero Roca
D. Armando Relancio Solana
D. Ramón Repollés Cirac
Dª. Pilar Berges Solán
DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ
Titular: Dª. Ana María Cabrero Roca
Suplentes: D. Armando Relancio Solana, D. Ramón Repollés Cirac, Dª. Pilar Berges Solan y D. Luis Javier Sagarra de Moor.
DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
COMPOSICIÓN
Dª. Teresa Francín Piquer
D. Félix Cortés Acero
D. Bienvenido Callao Navales
Dª. Isabel García Ortín
D. José María Jarque Giraldos.
DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ
Titular: D. Félix Cortés Acero
Suplente: D. Bienvenido Callao Navales
DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL PARTIDO ARAGONÉS
COMPOSICIÓN
D. Carlos Jerónimo Alastuey Pérez
D. Domingo Sipiera Piazuelo.
DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ
Titular: D. Carlos Jerónimo Alastuey Pérez
Suplente: D. Domingo Sipiera Piazuelo.
DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR
COMPOSICIÓN
D. Juan Manuel Lizarbe Lasa
DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ
Titular: D. Juan Manuel Lizarbe Lasa
SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo a los Portavoces de los Grupos Políticos Municipales para su conocimiento y efectos. Caspe, a 9 de julio de 2007. La Alcaldesa”.
VI.- DAR CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA SOBRE CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
El Ayuntamiento Pleno queda enterado de la Resolución dictada por la Alcaldía con fecha 18 de junio de 2007, que textualmente se transcribe:
“DECRETO.- Esta Alcaldía, constituida la nueva Corporación tras las elecciones municipales celebradas el día veintisiete de mayo de dos mil siete, visto expediente incoado para la constitución de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento.
Considerando, que de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 28.1.b) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, es necesaria la existencia en este Municipio de la Junta de Gobierno Local al ser su población de derecho superior a 5.000 habitantes.
Considerando, que la Junta de Gobierno Local debe estar integrada por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio legal de los que componen la Corporación, artículo 23 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 31.1 de la Ley de Administración Local de Aragón.
Considerando, que conforme a los preceptos indicados, corresponde a la Junta de Gobierno Local la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones y las atribuciones que el Alcalde y el Pleno le deleguen o le atribuyan las leyes, por lo que en la presente Resolución de constitución de la Junta de Gobierno Local, por esta Alcaldía se debe proceder a determinar las atribuciones que delega en dicho órgano de entre las contenidas y consideradas como delegables en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por Ley 11/99, en relación con el artículo 30 de la Ley de Administración Local de Aragón.
En virtud de las facultades que me confieren los artículos 23 de la Ley 7/85, de 2 de abril, 31 de la Ley de Administración Local de Aragón, y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente he resuelto:
PRIMERO.- Designar como miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, además de la Alcaldesa, a los siguientes Concejales:
D. Carlos Jerónimo Alastuey Pérez
D. Félix Cortés Acero
D. Domingo Sipiera Piazuelo
D. Bienvenido Callao Navales
SEGUNDO.- Delegar en dicha Junta de Gobierno Local las atribuciones de esta Alcaldía, de entre las contenidas y consideradas como delegables en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por Ley 11/99, en relación con el artículo 30 de la Ley de Administración Local de Aragón, que seguidamente se señalan:
· El desarrollo y la gestión económica conforme al presupuesto aprobado; autorizar, disponer gastos y reconocer obligaciones en los límites de su competencia, a partir de la cantidad de 3.005,06 euros, y rendir cuentas con los mismos límites
· Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad y las infracciones de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad se atribuya a otros órganos.
· Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe sea superior a 3.005,06 euros y no supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los mil millones de pesetas, incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía de 6.010.121,04 euros.
· La concesión de licencias de obras, salvo que las ordenanzas o las leyes sectoriales la atribuyan expresamente al Pleno.
· La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los Proyectos de urbanización.
· Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
· Aprobar los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.
· Adquirir los bienes y derechos cuando su valor no supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los quinientos millones de pesetas, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos: la de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto, y la de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico.
· Cualesquiera otras competencias que la Alcaldía o el Pleno delegue expresamente en la Junta de Gobierno Local o le sean atribuidas por las leyes.
TERCERO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de la presente Resolución en la primera sesión que celebre, de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Reglamento de Organización y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de su firma.
CUARTO.- Notifíquese la presente Resolución a los interesados, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa Presidente Dª. Teresa Francín Piquer, ante mí la Secretario Dª. Isabel Arnal Arróniz, en Caspe a dieciocho de junio de dos mil siete. Fdo.: La Alcaldesa, ante mí, la Secretario”.
VII.- DAR CUENTA DE RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA RELATIVA A NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE.
La Corporación Municipal queda enterada de la Resolución dictada por la Alcaldía con fecha 18 de junio de 2007, que textualmente se transcribe:
“DECRETO.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1, a) de la Ley de Bases de Régimen Local y en el artículo 28.2, a) de la Ley de Administración Local de Aragón, los Tenientes de Alcalde son órganos necesarios que deben existir en todos los Ayuntamientos, correspondiéndoles la sustitución del Alcalde en casos de vacante, ausencia o enfermedad.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la citada Ley de Bases, en relación con el artículo 32 de la Ley de Administración Local de Aragón, los Tenientes de Alcalde son libremente designados por la Alcaldía de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local cuando esta deba existir por ser la población del municipio superior a 5.000 habitantes, o, aún no siéndolo, establecer su creación el Reglamento Orgánico o haberlo acordado el Pleno Municipal.
Mediante Decreto de fecha 18 de junio de 2007, esta Alcaldía acordó la designación de los Concejales que integran la Junta de Gobierno Local, procediéndose, en consecuencia, a designar de entre éstos, a los Tenientes de Alcalde, con señalamiento del orden de nombramiento o prelación en virtud del cual les corresponde la sustitución de esta Alcaldía, en lo supuestos legalmente previstos de vacante, ausencia o enfermedad, y sin perjuicio de la procedencia de instrumentar la correspondiente delegación expresa en cada caso.
Esta Alcaldía, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 23 de la Ley de Bases de Régimen Local, artículo 32.2 de la Ley de Administración Local de Aragón y 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha resuelto:
PRIMERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los siguientes Concejales, miembros de la Junta de Gobierno Local, que sustituirán a esta Alcaldesa, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, por el orden que a continuación se indica.
* Primer Teniente de Alcalde: D. Carlos Jerónimo Alastuey Pérez.
* Segundo Teniente de Alcalde: D. Félix Cortés Acero.
* Tercer Teniente de Alcalde: D. Domingo Sipiera Piazuelo.
* Cuarto Teniente de Alcalde: D. Bienvenido Callao Navales.
SEGUNDO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno, en la sesión extraordinaria que celebre en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la misma.
TERCERO.- Notifíquese la presente Resolución a los Tenientes de Alcalde designados.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa Presidente Dª. Teresa Francín Piquer, ante mí la Secretario Dª. Isabel Arnal Arróniz, en Caspe a dieciocho de junio de dos mil siete”.
VIII.- DAR CUENTA DE RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA SOBRE APROBACIÓN DE DELEGACIONES DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA.
La Corporación Municipal queda enterada de las Resoluciones dictadas por la Alcaldía con fecha 18 de junio de 2007 y 9 de julio de 2007, que textualmente se transcriben:
“DECRETO.- Esta Alcaldía, considerando necesario, en orden a conseguir una mayor eficacia en la gestión municipal, efectuar determinadas delegaciones de las atribuciones que la normativa legal confiere a la Alcaldía-Presidencia y
Considerando, lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón, en el que se establece en relación con las Delegaciones del Alcalde:
Considerando, los artículos 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, en el que se regula la facultad de la Alcaldía de formular Delegaciones genéricas y específicas:
En virtud de lo anterior, por esta Alcaldía se dicta la presente resolución:
PRIMERO: Delegar indistintamente en el Primer Teniente de Alcalde D. Carlos Jerónimo Alastuey Pérez y en el Segundo Teniente de Alcalde D. Félix Cortés Acero, las siguientes materias:
a) Usar la firma para ordenar pagos en desarrollo de la gestión económica del presupuesto aprobado, así como la disposición de fondos de las cuentas corrientes de Bancos o Cajas de Ahorro, como claveros con la Interventora y Depositario.
b) Firmar oficios de remisión de notificaciones remitidos de distintos Organismos oficiales.
c) Expedir certificaciones que correspondan a la Alcaldía y la firma del visto bueno de las que correspondan a la Secretaría.
d) Firmar actas administrativas de trámite en licencias de apertura de establecimientos, actividades molestas y licencias de obras.
e) Firma de Títulos de Cementerio y Permiso de Armas.
f) Firma de diligencias de exposición al público de edictos del Registro de la Propiedad o de otros Organismos oficiales o particulares.
SEGUNDO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno en la sesión extraordinaria que se celebre en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo. 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia todo ello sin perjuicio de la efectividad de las Delegaciones desde el día siguiente al de la fecha de esta Resolución.
TERCERO.- Notifíquese la presente Resolución a todos los interesados.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa, Dª. Teresa Francín Piquer, ante mí, la Secretario, Dª. Isabel Arnal Arróniz, en Caspe a dieciocho de junio de dos mil siete. Fdo.: La Alcaldesa, ante mí, la Secretario”.
“DECRETO.- Esta Alcaldía, considerando necesario, en orden a conseguir una mayor eficacia en la gestión municipal, efectuar determinadas delegaciones de las atribuciones que la normativa legal confiere a la Alcaldía-Presidencia.
Considerando, lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón.
Considerando lo establecido en los artículos 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en el que se regula la facultad de la Alcaldía de formular Delegaciones genéricas y específicas:
En virtud de lo anterior, por esta Alcaldía se dicta la presente resolución:
PRIMERO.- Efectuar en favor de los Concejales que a continuación se indican, las delegaciones especiales siguientes, para la dirección y gestión de los asuntos que se indican, con señalamiento de las facultades que se incluyen en dichas delegaciones:
– Delegación de CULTURA en D. Félix Cortés Acero.
– Delegación de MEDIO AMBIENTE en D. Domingo Sipiera Piazuelo.
– Delegación de FERIAS en D. José Mª. Jarque Giraldos.
– Delegación de COMERCIO E INDUSTRIA en D. Carlos Alastuey Pérez
– Delegación de TURISMO en D. Domingo Sipiera Piazuelo
– Delegación de PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO en D. Félix Cortés Acero
– Delegación de EDUCACIÓN en D. Félix Cortés Acero
– Delegación de URBANISMO Y OBRAS en D. Carlos Alastuey Pérez
– Delegación de SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD E INMIGRACIÓN en Dª. Isabel García Ortín
– Delegación de JUVENTUD en D. Domingo Sipiera Piazuelo.
– Delegación de DEPORTES en D. José María Jarque Giraldos
– Delegación de FESTEJOS en D. José María Jarque Giraldos
– Delegación de SERVICIO MUNICIPAL AGRICULTURA en D. Bienvenido Callao Navales
– Delegación de SERVICIO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDÍNES en Dª. Isabel García Ortín
– Delegación de SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA en D. Domingo Sipiera Piazuelo
– Delegación de TRÁFICO en D. Félix Cortés Acero
– Delegación de RECURSOS AGRÍCOLAS Y GANADEROS (PATRIMONIO) Y APROVECHAMIENTOS FORESTALES Y GANADEROS en D. Bienvenido Callao Navales
– Delegación de PEBEAS en D. Bienvenido Callao Navales
– Delegación de CANAL DE CASPE Y CONCENTRACIÓN PARCELARIA en D. Bienvenido Callao Navales
– Delegación de CAMPO DE ENSAYO en D. Bienvenido Callao Navales
CONTENIDOS DE LAS DELEGACIONES Y FACULTADES DE LOS DELEGADOS: Las delegaciones comprenderán la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, no incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
RESERVA DE FACULTADES POR LA ALCALDÍA:
Esta Alcaldía se reserva las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de las competencias delegadas.
b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
c) Los actos dictados por los Delegados en el uso de sus atribuciones o potestades, se entienden dictados por la Alcaldía.
SEGUNDO.- No podrán delegarse en un tercero las atribuciones o potestades recibidas por Delegación.
TERCERO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno en la sesión extraordinaria que se celebre en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia todo ello sin perjuicio de la efectividad de las Delegaciones desde el día siguiente al de la fecha de esta Resolución.
CUARTO.- Notifíquese la presente Resolución a todos los interesados.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa, Dª. Teresa Francín Piquer, ante mí, la Secretario, Dª. Isabel Arnal Arróniz, en Caspe a nueve de julio de dos mil siete. La Alcaldesa, ante mí, la Secretario”.
Y no teniendo más asuntos que tratar, siendo las veintiuna horas cuarenta minutos, se levanta la sesión, de lo que yo, la Secretario, doy fe».
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente certificación, con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa, en Caspe a trece de julio de dos mil siete.
Vº. Bº.
LA ALCALDESA, LA SECRETARIO,